Ayuda mantenimiento Trabajo Autónomo de Mujeres 2017

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Que ha sido publicada la ORDEN 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento.

BENEFICIARIAS.

Podrán ser beneficiarias del Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres las mujeres trabajadoras autónomas embarazadas o en proceso de adopción.

Este Programa tiene por objeto fomentar la contratación de personas desempleadas por mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.

REQUISITOS:

  1. La contratación debe efectuarse a partir de la fecha que determine cada convocatoria y siempre con carácter previo a la baja maternal de la mujer trabajadora autónoma.
  2. La persona contratada debe haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en el SERVEF hasta su contratación.
  3. La persona contratada no debe mantener con la beneficiaria una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, o su equivalente en el caso de las parejas de hecho.

OBLIGACIONES:

  1. Formalizar los contratos de trabajo por escrito, debiendo recoger en su clausulado la duración estimada expresada en meses completos.
  2. Los contratos a jornada parcial deberán recoger expresamente en su clausulado el número de horas semanales de trabajo.
  3.  Se deberá mantener la relación laboral con el trabajador cuya contratación motivó la ayuda al menos durante el periodo subvencionado de 3 o 6 meses.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

  1.  En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 1.500 euros.
  2. En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 3.500 euros.
  3. Los importes indicados en el apartado 1 se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.
  4. Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

MÁS INFORMACIÓN

El departamento de emprendedores de FAESCV tramita gratuítamente esta subvención para todas sus asociadas. También informamos a todas las interesadas sobre los requisitos que necesitan cumplir; asimismo asesoramos a nuevas mujeres emprendedoras interesadas en obtener esta ayuda, pues la orden nace con intención de continuidad para futuros ejercicios económicos.

Ponte en contacto con nosotros en nuestras sedes de Alicante y Valencia.